jueves, 29 de abril de 2010

EL PODER HISTORIA DE VÍCTIMAS

B. El Poder y las diferencias históricas:
 
¿Podría ser que las grandes disparidades existentes en la actualidad se hayan sostenido en el tiempo por las condiciones de vulnerabilidad generadas por el abuso de las diferencias históricas en que los múltiples grupos poblacionales en el mundo se encontraron a lo largo de la historia de la humanidad?, ¿Sería posible que el uso y abuso del poder nos haya traído menos progreso o más atraso de lo que ahora creemos?
 
En palabras de Jared Diamond ; “¿por qué la riqueza y el poder se distribuyeron como lo están ahora, y no de otra manera?, ¿por qué los indígenas americanos y africanos y los aborígenes australianos no fueron quienes diezmaron, sometieron y exterminaron a los europeos y los asiáticos?” (2007, Pág. 17).
 
Al inicio de la expansión colonial europea por ahí de los 1500 se pueden vislumbrar las diferencias en tecnología y organización política que han generado las desigualdades actuales. Gran parte de Europa, Asia y el norte de África constituían estados o imperios que poseían y utilizaban metales y algunos de ellos se encontraban ya en el umbral de la industrialización, mientras que “los pueblos indígenas de América, algunas partes de África subsahariana, poblaciones de muchas islas del pacífico vivían en tribus agrícolas e incluso en hordas de cazadores-recolectores que utilizaban herramientas de piedra” (Diamond, 2007. Pág. 18)
 
Gran parte de África continúa luchando por su legado del colonialismo, así como lo ha sido en algunos países de América como México, Perú, Brasil, Chile y propiamente en América Central todavía se viven los rezagos de las injerencias imperialistas e ideológicas. En su mayoría las poblaciones indígenas han quedado reducidas por el genocidio y las enfermedades y son superadas ampliamente por los descendientes de los conquistadores.
 
La historia de las interacciones y el uso del Poder, por medio del abuso de las ventajas que implicaban las diferencias entre las condiciones de “desarrollo” entre los múltiples pueblos del mundo han conformado las diferencias y disparidades del mundo moderno. Una historia de conquistas, epidemias y genocidios.

lunes, 12 de abril de 2010

EL PODER; HISTORIA DE VICTIMAS.

A. El Poder:


La pregunta sobre el Poder es siempre subversiva y engañosa. Si la pregunta surge desde fuera del círculo que lo disfruta la pregunta es sediciosa y si surge desde dentro es falaz. En todo caso, estando dentro o fuera el Poder siempre es seductor, aún para aquellos que lo repudian.
Una lectura de la historia nos demuestra que ésta no son las memorias de la humanidad sino la novela de aquellos que ejercieron el poder. Es la crónica de la seducción del Poder y los cuentos de los seducidos justificada de progreso, evolución o prosperidad. Es la historia de víctimas, una historia construida sobre el dolor y el abuso de miles de personas anónimas que pasaron por el tiempo del mundo sin que pudieran ser los personajes principales de su propia gesta.

El Poder no existe por sí mismo. Este solo existe en relación con otros o con las cosas. El Poder deviene de una interpretación (enunciación) de las condiciones de la relación misma que los participantes tienen en un momento determinado. La percepción del poder discrimina las ventajas y las desventajas sobre un fondo de necesidades humanas y condiciones de recursos. El Poder es pues, colateral a las interacciones que las personas tienen entre sí y las cosas (recursos).

Podría pensarse que Este es consustancial a la naturaleza de la relación, sin embargo esa sería solo una interpretación del mismo. El Poder vendría siendo un modelo más de las formas de relación que se pueden establecer en el “mundo”. La pregunta sería porqué ha sido un modelo que se ha utilizado por tanto tiempo y si estamos como sociedad humana dispuestos a contemplar otros modelos de cómo relacionarnos y establecer el sentido de derecho y justicia, un nuevo pacto social o una diferente mirada de la distribución de los recursos y la satisfacción de las necesidades.

El poder se manifiesta por el control de las conductas de las personas. A diferencia del ejercicio de la autoridad, el poder nunca es delegado sino asumido deliberadamente. La Autoridad es una función que se le delega a una persona o grupo con un ejercicio delimitado y en virtud de un bien superior, por lo tanto es situacional y temporal. El Poder no es situacional y delimitado en tiempo y espacio, como la autoridad, sino que es general en todo momento y espacio en que se de la relación. Y busca sostener el acceso a los beneficios (abuso) que se obtienen de forma indefinida hasta agotar el recurso abusado.

El Poder es pues un “hecho” de las relaciones sociales. Que se ha modificado en su forma (no así en su fondo) conforme los pueblos han pasado de relaciones de hordas primitivas hasta la conformación de imperios y sociedades – estados configuradas alrededor del derecho constitucional y actualmente con participación en el naciente derecho internacional.

El Poder de igual manera lo encontramos manifestado con las mismas características en las micro relaciones sociales como son la familia, las relaciones laborales, las relaciones con nuestros vecinos, entre otras que han sido transverzalizdos por los enunciados del Poder y cuya función es reproductora de los discursos del Poder.

El Poder no es solo concerniente a las ideologías religiosas o patriarcales, imperialistas, capitalistas o socialistas. El Poder está más allá de las ideologías y se sirve de ellas para perpetuarse. Tampoco es propio de un grupo o de una clase social sino de aquellos que se dejen seducir por él. Y el principio básico para ser seducido es la ventaja que da el abuso de las circunstancias diferenciales de los otros para la satisfacción de las propias necesidades individuales o colectivas.

En la concepción nihilista de Nietzsche la voluntad de poder es el eje motivacional del ser humano que sustituye la moral ilusoria. Considera la moral como hipócrita y pone al mismo nivel “la salvación” cristiana como la concepción del “deber” en la conformación de la ley. La tendencia de la época de subordinar al “bien común” para mejorar el bienestar material de las mayorías, no es más que un prejuicio sobre las luchas de fuerzas, cuya única intención es la nivelación bajo la cual se anulan las diferencias; la libertad, la igualdad y la fraternidad atentando contra el ser humano, llevándolo a su máxima expresión de reducción.

Para Foucault el Poder es esencialmente una relación de fuerzas no exclusivo de alguna clase o Estado ni mucho menos esencial sino más bien un atributo que atraviesa tanto a los que la ejercen como sobre aquellos en que se ejerce. Es por ello que en Foucault el Poder es propio de una relación no necesariamente visible en el acto violento ni tampoco forzosamente expresable en los enunciados discursivos. Sin embargo, presente en la ausencia visible y visible en la ausencia discursiva.

Para Foucault el Poder es pues, un ejercicio. Cuyas variables son los emplazamientos de poder (la posición del sujeto que habla), las instituciones (el espacio complementario), los discursos y los enunciados. En otras palabras lo determinable (visible) y lo determinante (enunciado) en un campo de fuerzas; acciones sobre las acciones. El mismo discurso (P.ej.; La declaración universal de derechos humanos, la constitución política, la historia de la liberación femenina) es un cuerpo de estudio (visible), propio de la época, de los enunciados de las fuerzas de Poder, que se dibujan como diagrama del devenir de las fuerzas, de las formas, bifurcaciones, mutaciones y resistencias. Encontramos, además, en Foucault otra variable en el ejercicio del poder, los agenciamientos; dispositivos, técnicas y estrategias actualizadas del ejercicio del poder (p.eje. la cárcel, la escuela).

La relación entre Poder y saber que promulgaba Francis Bacon, a propósito de la lucha de fuerzas entre el discurso científico y el mitológico, se actualiza en Foucault ya no como una conclusión teórica, histórica ni aún vivencial sino como una verdad descarnada, como un desafuero epistemológico, pues no hay verdad ni saber que no implique un acto de poder; “No existe relación de poder sin la constitución correlativa de un campo de saber, ni saber que no suponga y no constituya al mismo tiempo relaciones de poder” (Foucault M.)

El Poder es el abuso de una ventaja que se obtiene de la diferencia(s) existente al interior de una relación (Briceño F. 1999) Todas las personas en lo individual y en lo colectivo somos diferentes y estas diferencias nos dejan en ventaja o desventaja frente a otros. Las diferencias no es lo incongruente pues estas son necesarias como parte de la individualidad y el ejercicio de la libertad y soberanía. El inconveniente surge cuando aquel o aquellos que tienen la ventaja diferencial obtienen un beneficio o provecho a costa del otro en desventaja.

Las diferencias pueden ser de edad, color de piel, conocimiento tecnológico, capacidad de ataque y defensa, económica, culturales, desarrollo de la agricultura, explotación de los recursos naturales, salud, entre muchas más. Siendo las diferencias una condición a la persona y no algo intrínseco a la persona misma. Las diferencias separan también las formas de vida entre las naciones, al interior de ellas y entre regiones.

jueves, 11 de marzo de 2010

DERECHOS HUMANOS Y LEGISLACIÓN EN RELACIÓN AL VIH Y LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE LA JUVENTUD COSTARRICENSE

Tras la Segunda Guerra Mundial las naciones reaccionaron con espanto hacia los crímenes cometidos contra la Humanidad y proclamaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Se trataba de una toma de conciencia mundial de que hay derechos fundamentales que deben ser respetados. Posteriormente, se dio un paso adelante al comprender que los derechos humanos no solo deben ser límites frente a los abusos del Estado, sino que también deben ser promovidos activamente si queremos lograr sociedades más libres, más justas, más inclusivas.

De allí que se iniciara un proceso para ajustar las legislaciones nacionales al respeto de la dignidad humana. Se trata de una revisión de las leyes de cada país que ha avanzado área por área. Los instrumentos internacionales, es decir, tratados, acuerdos y otros, han servido de correctivo, guía y ejemplo para el desarrollo de la legislación nacional.

En Costa Rica, la Constitución Política establece un Estado de derecho que como tal hace un reconocimiento amplio de los derechos de los ciudadanos. Y la Sala Constitucional ha interpretado en consecuencia que todo instrumento internacional que amplíe la perspectiva de derechos humanos es compatible con la Constitución, incluso cuando haya problemas de conciliación literal con el texto constitucional. Por tanto, nuestro sistema jurídico está dotado de un marco general de derechos humanos para el país. Hay que trabajar para que las leyes particulares reflejen esta intención, ya que todavía encontramos que en ellas hay vacíos, contradicciones o alcance limitado en la promoción de los mismos.

Lograr que nuestras leyes se orienten a la defensa y promoción de los derechos humanos exige de un consenso político y social en el que tenemos que trabajar.

Con estas ideas en mente, procedamos a examinar la legislación vigente en materia de VIH. Tenemos primero un marco de normas internacionales, que incluye el Convenio 111 OIT sobre la Discriminación en el Empleo, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en la materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Nótese que la referencia al VIH en estos documentos es indirecta, pero son importantes por establecer referencias obligadas a la política de derechos humanos.

Luego vienen las normas nacionales, que inciden sobre derechos de las personas con VIH, aunque no formulen la temática directamente. Así, tenemos el Código de Trabajo, Ley Fundamental de Educación, Código Penal, Ley General de Salud, Código de Familia, Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley de Promoción de la Igualdad Social de la Mujer, Ley de Defensoría de los Habitantes, Ley Contra la Violencia Doméstica, Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia y Código de la Niñez y Adolescencia.

Finalmente, tenemos la legislación que rige directamente la materia: la Ley Nº. 7771 Ley General sobre el VIH: Según indica su artículo 1:


“La presente ley tiene por objetivo la educación, la promoción de la salud, la prevención, el diagnóstico, la vigilancia epidemiológica y la atención e investigación sobre el virus de la inmunodeficiencia humana o VIH y el síndrome de la inmunodeficiencia adquirida o sida; además, trata de los derechos y deberes de los portadores del VIH, los enfermos de sida y los demás habitantes de la República” (Ley Nº. 7771, art.1).

Veamos los aspectos más importantes de esta ley. Primero, los artículos 4 y 8 de dicha ley ofrecen protección contra la discriminación hacia los portadores de VIH. Esto se fortalece con el artículo 10, que combate la discriminación laboral, aunque falta la indispensable tipificación de la figura, una tarea pendiente e indispensable para atender casos de despido por esta razón. Adicionalmente, los artículos 10 y 47 de la ley mencionada prohíben la petición u obligación de hacerse pruebas diagnósticas de VIH como requisito laboral y la sancionan de realizarse. Como a los demás costarricenses, el artículo 7 garantiza la atención integral de salud a los portadores de VIH: Además, el artículo 8 garantiza la confidencialidad de la información médica y las sanciones a quien viole esta norma.

Aunque este panorama es positivo, hay varios problemas no resueltos por la ley. Así, el Código de Trabajo no incluye al VIH como riesgo profesional, aunque vía reglamento sí se clasifica como tal para trabajadores de la salud y de aseo sanitario. Por otra parte, han existido problemas con el Instituto Nacional de Seguros (INS), que durante años ha autorizado pólizas de vida a personas con VIH, argumentando su alta probabilidad de muerte. Y sin esta póliza, no se puede obtener préstamos de vivienda, dejando así en desprotección a las personas con VIH.

Por otra parte, el Régimen de Libre Contratación permite despedir a los trabajadores sin explicaciones, previo pago de beneficios y prestaciones, lo que dificulta demostrar cuándo el despido obedeció a discriminación contra los portadores de VIH. Asimismo, el Código de Trabajo permite la terminación del contrato de trabajo por enfermedad cuando esta se prolonga por más de tres meses.

Dificultades adicionales son la ausencia de garantías de confidencialidad de información médica cuando la manejan personas ajenas a las profesiones de salud, así como la obligación de comunicar el diagnóstico a las personas con quienes se haya tenido contacto sexual para defender sus derechos.

Una evaluación general de nuestra legislación sobre VIH fue realizada por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos . Establecen los siguientes factores:

A) Aspectos positivos:

1. Enfoque de derechos humanos. El respeto a la dignidad humana y a los derechos humanos de las personas con VIH quedan claramente expresados.

2. Orientación a la prevención. Además de la atención a las personas con VIH, la legislación enfatiza la prevención.

B) Aspectos negativos:

1. Ausencia de perspectiva de género. El aumento de transmisión en la población femenina hace especialmente necesario atender a las asimetrías de género que conducen a su vulnerabilidad social y sexual.

2. No establece la forma de financiamiento de los programas. La asignación de fondos corresponde a disposiciones meramente administrativas, lo que las hace fácilmente modificables e incluso eliminables.

3. Ausencia de garantías de estabilidad laboral.

4. Ausencia de garantías para las personas inmigrantes. Las migraciones favorecen la expansión del VIH, pues conduce a un aumento de los encuentros sexuales casuales y temporales. Además, la población migrante tiene una situación económicamente precaria, una condición que favorece la difusión de la epidemia. Y la Zona Norte, importante como zona de circulación de esta población, carece de los servicios de salud necesarios para atender a las personas migrantes. Estas condiciones pueden agravarse con la reciente aprobación de la nueva Ley de Migración, denunciada por sus excesos.

5. Problemas con la obligación de comunicación con los contactos sexuales. Esta norma ha conducido a la disolución de relaciones y al aislamiento de personas con VIH.

6. Falta incorporación en los programas educativos. Es necesario desarrollar programas de educación sexual que incluyan el VIH.

7. Ausencia de garantías en programas sociales de apoyo. Se trata de programas concernientes al cuidado de hijos e hijas, vivienda, recreación, etc.

Ahora bien, notamos en todo este análisis la ausencia de una referencia específica y de un trato diferenciado al sector juventud, lo que se va a traducir en ausencia de una política pública específica para esta población en la temática de VIH. De allí que añadimos a esta lista la ausencia de una perspectiva de juventud en el tratamiento del VIH, a pesar de ser una población prioritaria.

Ahora bien, dirigiéndonos al marco legal posible para el tema juventud, necesitamos referirnos a una ley distinta: la Ley de la Persona Joven. El artículo 5 de esta norma legal establece:


“El Estado deberá garantizarles a las personas jóvenes las condiciones óptimas de salud, trabajo, educación y desarrollo integral y asegurarles las condiciones que establece esta Ley”.

El artículo 6 especifica estos deberes. En materia de salud, dicho artículo indica:

“Salud:

a) Brindar atención integral en salud, mediante programas de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación que incluyan, como mínimo, farmacodependencia, nutrición y psicología.

b) Fomentar la permanencia de las personas jóvenes en su núcleo familiar y comunitario, mediante la capacitación en todos los niveles.

c) Promover medidas de apoyo para las personas jóvenes con discapacidad, sus familiares y los voluntarios que los atienden”.

Queda en evidencia lo deficiente de esta formulación cuando pensamos que las autoridades de Salud han resaltado el “rostro joven” de la enfermedad. Así, el 81% del total de las personas infectadas detectadas hasta ahora con VIH tienen entre 15 y 44 años de edad. En consonancia con este hecho, la mayor frecuencia de muertes se ubica en la población entre 30 y 44 años (48.5%). De allí que las normas jurídicas deberían expresar la urgencia de actuar para garantizar que los jóvenes tengan acceso real a los derechos a la salud, a la educación, al trabajo y a la no discriminación de forma clara y expresa.

Citamos las palabras de Badilla (2005):


“En la legislación específica o conexa sobre VIH/SIDA no se responde a un hecho comprobado por los estudios nacionales e internacionales: el alto riesgo de transmisión en que se encuentra la población joven y adolescente, a causa de un inicio temprano en la sexualidad, combinado con prácticas sexuales inseguras. No remenciona como un grupo al que hay que dar atención prioritaria, mediante acciones de formación y prevención, para reducir la incidencia del virus.

Además, a pesar de tener un enfoque de derechos humanos, carece de una perspectiva de género que permita abordar de una manera más efectiva el impacto del VIH/SIDA de manera diferenciada en hombres y mujeres y, particularmente en personas jóvenes. Este impacto debe valorarse no solo desde la perspectiva de la salud física, sino además de la emocional y de la condición económica y social de las personas jóvenes, incluyendo las PVVS jóvenes”.

Así, contamos con un marco jurídico que permite la defensa general de los derechos humanos de las personas con VIH/sida, pero que por su generalidad no permite atender a las especificidades de la población joven ni a las diferencias de género, impidiendo así el cumplimiento de una promoción efectiva de derechos. Esto se traduce en omisiones, carencias y limitaciones de las políticas, planes y directrices institucionales. Tal es el caso de las políticas de educación sexual, tan necesaria para la juventud y tan problematizada ideológica, temática y metodológicamente.

Esto se comprueba en el “Estudio de Conocimientos, Actitudes y Prácticas relacionadas con VIH y sida en adolescentes de Limón y Puntarenas", realizado con 400 adolescentes de Limón y 400 de Puntarenas. Se confirmó que a pesar de iniciar sus relaciones sexuales a partir de los 16 años, los adolescentes estaban faltos de conocimiento sobre VIH y uso del preservativo. Solo un 42% de los entrevistados en Limón reportó saber sobre VIH y el porcentaje bajó a 36% en Puntarenas. Y en cuanto al preservativo, en Limón solo el 27,9% de los jóvenes conoce la manera correcta de colocarlo, mientras que en Puntarenas este porcentaje desciende al 17,5% (ver Fournier, 2008). Esta es una muestra de cómo el marco jurídico ha sido insuficiente para dar soporte a planes y estrategias efectivos para garantizar el acceso a la información de esta población.

En los últimos años han surgido propuestas que permitirían el mejoramiento de nuestra legislación y la atención a situaciones específicas. Tal es el caso de la propuesta de legalizar las uniones del mismo sexo. Sin embargo, las resistencias ideológicas han impedido avanzar. ¿Por qué mencionar este tipo de uniones? Debemos entender la naturaleza legal del contrato de unión. Se garantiza un vínculo jurídico que consolida la relación y facilita el desarrollo de relaciones estables. Asimismo, abre el acceso a beneficios jurídicos del sistema social costarricense, tales como salud, vivienda, programas de ayuda y promoción, ligados actualmente al contrato matrimonial y a las relaciones familiares jurídicamente reconocidas.

En el momento actual, una persona con VIH no puede disfrutar de los beneficios de la atención médica a través del seguro de su pareja si es del mismo sexo, ya que no se les reconoce el vínculo familiar y esto significa desprotección. Algo tan elemental como el derecho a visita se le restringe, violentando así valores profundamente humanos. La negativa al acceso a programas de vivienda puede colocarle en posición precaria a futuro. Las dificultades para heredar de forma natural y legítima son importantes y son fuente de potencial inestabilidad económica. La lista puede proseguir. Esto nos permite comprender por qué se insiste en que se violenta el imperativo constitucional de la igualdad, pues no se trata de un solo acto puntual, sino de una situación jurídica que incide en el acceso de derechos y beneficios reconocidos a otros costarricenses.

De allí que si deseamos una sociedad que garantice el respeto a los derechos humanos, debemos garantizar que no solo se incorporen a través de formulaciones generales en la Constitución y en los tratados internacionales, sino que se desplieguen y concreten en normas específicas que garanticen su disfrute efectivo y su promoción. De este modo, pasaremos de la declaración de intenciones a la eficacia y eficiencia de normas legales que promuevan una sociedad inclusiva que posibilite el desarrollo integral de todos los jóvenes y su protección más efectiva frente a los males potenciales del VIH.

Ponencia realizada en el VI Congreso Centroamericano de ITS/VIH/sida 2010 CR; "Juventud y VIH, por mi derecho a saber decidir"

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EPISTEMOLOGÍA EN TERCERA DIMENSIÓN

“No hay nada más difícil que no engañarse a uno mismo” *

Wittgenstein.

Desde “el giro copernicano” de la filosofía Kantiana, la pregunta epistemológica de ¿cómo conocemos? se vuelve imperativa. Ya no como una inquietante filosófica o psicológica sino más bien como parte de una responsabilidad ética en el planteamiento de toda cuestionante o estudio. Es pues, que en las consideraciones que podamos tener sobre los hechos de nuestra realidad social, política o económica, entre otras, ya no nos podemos hacer los necios al no considerar que toda perspectiva no sea más que una cosmo visión dentro de un compendio más.

No solo contamos con nuestra mente y percepción con sus propias capacidades e inconvenientes en la generación del conocimiento sino que además éstas tienen que ser expresadas a través del lenguaje, limitado tal cual es. Y ya una vez inmersos en este, de por sí, escabroso proceso en la elaboración del conocimiento o en la comprensión de los hechos, debemos pasar la angustiosa vía dolorosa de concertar y pactar los “hechos expresados como producto de conocimiento”, con los otros y otras. Con aquellos que de igual manera están en el mismo proceso de comprender y comprendernos.

En tiempos en que pareciera que los dogmatismos, que tienden a polarizarse y polarizarnos, toman fuerzas en las definiciones de estilos de vida, moral, economía y derecho entre otras. En una época en la que la tecnología ha revolucionado la forma en que se discuten las grandes problemáticas de nuestra época, transformando el foro público en el cual se deliberan y se debaten las ideas. Es imperativo permitir la pregunta curiosa que nos lleve a la duda creativa, de ¿si los “resultados” que hemos estado obteniendo como sociedad son o están directamente relacionados con la forma en que estamos comprendiendo los “hechos sociales” y si estos (hechos sociales) no son los deseados o los resultados que buscamos o necesitamos como sociedad para resolver nuestros problemas, qué hace que no nos atrevamos a estar dispuestos a quitarnos los lentes en tercera dimensión y abandonar la ilusión de nuestros modelos de mundo?

La pregunta simple podría ser ¿son los modelos los que interfieren en el diseño de acciones contendientes a resolver oportunamente las necesidades de nuestro planeta? O en términos filosóficos y éticos ¿es responsable debatir modelos mientras existen muchas necesidades de las cuales no nos ocupamos oportunamente? O en vocablos románticos, si se me permite, ¿tiene sentido que tan solo una vida pase por este mundo sin poder vivirla, mientras otros discutimos qué es la vida?

Es posible que sean los resultados (obviedades) los que nos puedan guiar sobre los planteamientos de cómo resolver como sociedad humana las realidades que nos conciernen y así poder obtener logros importantes y sostenidos. El único indicador claro y obvio de que no estamos logrando lo que necesitamos son los resultados mismos que hasta ahora hemos obtenido. Los modelos que utilizamos se convierten pues en funcionales o no funcionales de cara a lo que nos invita resolver. Los modelos no son verdades, ni siquiera realidades sin embargo nos llevan a actuar y crear realidades. Y estas son en último término las verdades que si tenemos.

La política y el derecho han sido dos de las grandes disciplinas y métodos para el “contrato social”, y parecieran, que surge como necesidad de garantizar la libertad y ponerle los límites posibles al Poder y sus abusos sobre los ciudadanos. Sin embargo tanto el derecho como la política han estado a merced de formas de Poder que terminan corrompiéndola y llevándolas a satisfacer los intereses particulares de poder.

Tanto la política y el derecho así como lo ha sido la religión y la ciencia, son constructos producto de nuestra capacidad de razonar, dialogar y actuar, que no escapan a ser modelos de comprensión de los hechos sociales. Y estas comprensiones son corruptibles por los intereses de poder y el Poder.

Para Foucault la pregunta del conocimiento no se concreta en lo interno (el ser humano) o en lo externo como las formaciones históricas. No se puede leer la historia en clave evolutiva sino más bien caótica y no se puede entender a partir de sus instituciones sin comprender los enunciados que se materializan en ellas. Para Foucault la pregunta es por lo tanto tripartita ¿Qué sé?, ¿Qué puedo?, ¿qué soy? (Morey M. 1987). En otras palabras hay que correlacionar el orden discursivo (regularidades de los conceptos y objetos en una familia de enunciados) de las posiciones de sujetos (emplazamientos) y el espacio complementario (instituciones, acontecimientos y procesos políticos, entre otros)

El saber pues no seria diametral sino más bien una función que pretende constituirse en un dispositivo actualizado a formas prácticas del Poder. La relación saber y poder en Foucault es indistinguible, pues una presupone la otra entre lo decible y lo visible. Lo que nos llevaría a la tarea inevitable de alumbrar espacios con la función correlativa del saber y la pretensión de las acciones de la fuerza del Poder.

El saber pues ha de proporcionarnos nuevas dimensiones, formas alternas de comprensiones no exclusivamente sincrónicas ni diacrónicas sino más bien como puntos singulares donde converjan y alumbren nuevas formas de saber, de comprender los hechos sociales. Estos últimos como modelos de relación y las relaciones como articulaciones de fuerzas productoras de discursos – enunciados (modelos) que se concretan en instituciones (dispositivos) y que determinan una verdad heterodoxa, una realidad aparente, una versión de la película en tercera dimensión.

La función del acto de saber y de las relaciones de saber se constituye como un conocimiento provocador de sentido. Un sentido entre multiplicidad de sentidos plegados uno sobre otros que se opone a un sentido liso y arbitrario del saber.

* Wittgenstein nos permite discriminar entre las “cosas” y los “hechos”, estos últimos pertenecen al “espacio lógico” y a las posibilidades de enunciación que podemos hacer sobre el “mundo”. Este principio nos permite diferenciar la “realidad” o el “estado de las cosas” y las interpretaciones o enunciaciones que hacemos que terminan conformando nuestra cosmo visión. La interpretación o “asociación” que hacemos para integrar una estructura ideológica o discursiva (espacio lógico) no es más que una posibilidad entre muchas que escogemos arbitrariamente para hacer una enunciación sobre el “mundo” o las “realidades sociales - existenciales”. Esto no debe entenderse como un relativismo o psicologismo, muy por el contrario sino como una especie de “realidad virtual” que determina una realidad conductual concreta pero que no deja de ser un enunciado arbitrario o posible.
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